Foto de la página de la Universidad Anáhuac.
Del 18 al 20 de octubre se llevó a cabo en las instalaciones de la Universidad Anáhuac Campus Norte el Seminario «Defensa Nacional del Estado Mexicano» en su edición 2016 con el tema «Defensa Nacional y Derecho Internacional Humanitario».
El objetivo de dicho seminario fue «analizar el sistema internacional de los derechos humanos;así como la visión contemporánea del derecho de la guerra en el marco de las experiencias sobre el uso racional de la fuerza y las grandes amenazas globales, describiendo las responsabilidades del Estado Mexicano en el ámbito internacional, la configuración constitucional de las Fuerzas Armadas Mexicanas y los principios normativos bajo los cuales deben ajustar su actuación».
El Seminario contó con diversos panelistas de diferentes especialidades y pertenecientes a distintas instituciones académicas, del ámbito gubernamental y militar y el programa pueden encontrarlo en el siguiente link http://pegaso.anahuac.mx/derecho/images/stories/archivos/triptico-final-11oct2016.pdf.
Cuando se observa el título del seminario, el objetivo y el programa, para quienes hemos estudiado un poco sobre derecho internacional humanitario salen a relucir algunos detalles, tal vez imperceptibles para aquel que es nuevo en la materia.
El objetivo del seminario parece dar por hecho que el derecho de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario son dos ramas del derecho únicas que difieren en su aplicación territorial más que en su aplicación material y el fin que buscan alcanzar. Mientras el derecho de los derechos humanos se refiere, en general, a las obligaciones de los Estados con sus ciudadanos en cuanto a la protección y garantía de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario versa sobre la protección de las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades y la limitación de los medios y métodos de guerra en conflictos armados que deben considerar los combatientes y quienes participan directamente en las hostilidades.
Si bien, el derecho internacional humanitario, comparte con los derechos humanos un núcleo duro de protección que debe prevalecer en todo momento como son el derecho a la vida, a la dignidad, integridad personal, la prohibición de la tortura y las garantías judiciales mínimas, estas ramas del derecho aplican en momentos distintos, el DIH (derecho internacional humanitario) aplica únicamente en conflictos armados y el derecho de los derechos humanos, en todo momento bajo la relación Estado- ciudadano, aunque algunos derechos pueden ser suspendidos temporalmente bajo un estado de excepción.
Del programa, su contenido y ejecución final resaltan de forma, hasta negativa, varias cuestiones. Una de ellas, la falta de una definición clara y concreta de DIH; la segunda, determinar su relación con la defensa nacional, tema clásico de estudio de los profesionales de las relaciones internacionales, pero pareciera no así para el profesional del derecho; la tercera, la ausencia que se puede calificar de «pecado» del Comité internacional de la Cruz Roja (CICR), institución que desde su fundación en 1863 ha impulsado la codificación del DIH contemporáneo y a la cuál es muy difícil desprender del DIH si se quiere hablar de este tema con profundidad.
Pero el título de esta entrada, precisamente nos muestra que esa afirmación última del párrafo anterior puede estar equivocada. Del 18 al 20 de octubre la academia y la milicia, tuvieron la «pericia» de omitir de tema tan importante a la institución que se considera «guardián» por muchos Estados del DIH. Digo pericia, por que ante campo adverso como el planteado en dicho seminario, este terminó con éxito, no para el estudiante, que si tomó notas de lo mencionado en materia de DIH, regresará a sus aulas con un nivel de conocimiento negativo; no para el militar que posiblemente ahora confunde más el DIH y los derechos humanos; fue un evento exitoso para la Universidad Anáhuac y la SEDENA, los medios de comunicación, el nivel de interlocución de la inauguración y el cobijo de ambas instituciones entre si, es el verdadero éxito del evento.
De DIH se habló poco y lo que se habló se habló con inconsistencias, con poco sustento, hasta pareciera que de «bote pronto». Dentro de algunas reflexiones sacadas de películas de terror, me quedo con una del Doctor Jean Cadet Odiaba cuando hablaba del uso legítimo de la fuerza. El Dr. mencionó que el DIH y los Convenios de «Cruz Roja» no son del derecho público porque son de la Cruz Roja y que estos eran solo recomendaciones desde Ginebra sobre como emplear la fuerza y regular el uso de armas de fuego. Nada más lejos de la realidad. El que los Convenios de Ginebra de 1949, si, de Ginebra porque ahí se firmaron y no de Ginebra por que sean de Suiza, sean los instrumentos de derecho internacional público aceptados universalmente por todos los Estados, es solo una muestra del error. Además, los Convenios de Ginebra no tienen en ningún momento como objetivo regular el uso de la fuerza y el empleo de armas de fuego en ningún escenario, sino proteger a una categoría de personas bajo su condición en los conflictos armados como son los militares heridos en campaña, los náufragos, los prisioneros de guerra y por supuesto, los civiles.
Esto último hace reflexionar sobre un punto en particular, durante el seminario, había un gran número de militares, que en varias participaciones asumían que las fuerzas armadas estaban diseñadas, adiestradas, adoctrinadas y preparadas para la guerra, pero, ¿por qué ninguno de ellos entonces alertó a los panelistas de los errores sobre las normas que les protege en la guerra y para la cual dicen estar preparados?
El Seminario pudo tener otro nombre, «Defensa Nacional y su regulación en México» por ejemplo, que al final era la gran conclusión de la mayoría de los panelistas, la falta de una ley secundaría en materia de Defensa Nacional y Seguridad Interior que facultara a las fuerzas armadas claramente en su actuar, no solo en materia de defensa de la independencia y soberanía de la nación, sino también en sus alcances en materia de seguridad pública.
Como asistente, lamenté profundamente la «prostitución» del termino DIH en un foro lleno de confusión en el tema. Solo algunos ponentes pudieron medianamente rescatar la esencia del DIH y su relación con ese tema central, la Defensa Nacional, como el Gral. de Brigada Almazán Bertotto, Director del Colegio de Defensa Nacional y el Maestro Alday González, Consultor Jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Del primer día algunos ponentes hicieron el esfuerzo por diferencias DIH y derechos humanos, tal vez con poco éxito pero se agradece el esfuerzo.
Al final, fue claro que la SEDENA impulsará desde la plataforma académica generada por la Universidad Anáhuac, un proyecto de ley en materia de Seguridad Interior que faculte expresamente al Ejército y la Armada de México a realizar las actividades que actualmente realizan en materia de seguridad. La Universidad, a través del Director de la Facultad de Derecho de dicha universidad, expresó su disposición para tal efecto. Esfuerzo loable e interesante sin duda, pero para el que no hace falta «magullar» las normas de la guerra, que tienen 152 años, siendo la base de las relaciones entre combatientes para preservar un mínimo de humanidad en la guerra.
La Universidad Anáhuac y la SEDENA no trabajaron estos días en favor del DIH, sino en favor de una necesidad imperante en las fuerzas armadas mexicanas con el uso «pérfido» de tan interesante materia del derecho internacional.
http://www.anahuac.mx/mexico/Sedena-Anahuac-en-favor-del-Derecho-Internacional-Humanitario
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